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lunes, 21 de marzo de 2011

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES CON ALGUN TIPO DE DISCAPACIDAD


A ser tratado con dignidad y respeto.
A Acceder a la escuela sin ser discriminado por su discapacidad
A recibir educación inclusiva de calidad que comprenda adaptaciones curriculares y estrategias metodológicas que permitan responder a sus necesidades de aprendizaje
A estar registrado en la nómina de matrícula y que se garantice su permanencia y logro de aprendizajes.
A que la infraestructura y los servicios brindados sean accesibles
A su participación e inclusión efectiva en las actividades curriculares y extracurriculares de la escuela.
A que todas las acciones o actividades se consideren prioritario la protección de su interés superior.
A tener apoyo y acompañamiento personalizado y efectivo para facilitar su aprendizaje y desarrollo académico
A contar con mobiliario, materiales y recursos de aprendizaje adecuados y de calidad que se adapten a sus necesidades y características.
A que su educación sea impartida en lenguaje de señas, braille u otro medio alternativo de comunicación.
A que sus padres sean informados sobre su progreso escolar y participen en su proceso educativo.
A no ser victima de maltrato físico o psicológico, no de violencia.

Defensoría del Pueblo – Perú
PNUD

sábado, 19 de marzo de 2011

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXHORTA A INSTITUCIONES EDUCATIVAS


Nota de Prensa Nº019/DP/OCII/2011
Mediante invocación a directores de colegios públicos y PRIVADOS
Colegios serían sancionados con suspensión temporal si incumplen las normas de educación inclusiva.

En el marco del proceso de matrícula inclusiva 2011, la Defensoría del Pueblo exhorta a los directores de las instituciones educativas (IE) públicas y PRIVADAS, de todos los niveles y modalidades, a respetar el derecho a la educación inclusiva de las personas con discapacidad, sin discriminación y en igualdad de oportunidades, tal como lo señalan las normas nacionales e internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Malena Pineda, Jefa del Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad, señaló que “la inclusión educativa se inicia con la matrícula y el registro en la nómina correspondiente, acto que no debe ser limitado ni restringido por la condición de discapacidad, por un problema de aprendizaje o de cualquier otra índole”.

Más adelante sostuvo que “toda gestión educativa: pública, PRIVADA o por convenio, debe respetar el derecho a la educación de las personas con discapacidad, responder a los principios y valores constitucionales y sujetarse a las disposiciones legales de cumplimiento general emitidas en el marco de la política nacional de educación inclusiva”.

Con el propósito de garantizar la permanencia de los estudiantes con discapacidad en los colegios elegidos por sus padres, Malena Pineda hizo un llamado a los Directores Regionales de Educación, de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), a los Centros de Educación Básica Especial y a los Servicios de Apoyo y Asesoramiento para la Atención de las Necesidades Educativas Especiales para impulsar acciones conjuntas.

“Es necesario que estas autoridades informen, apoyen y orienten al personal de todas las instituciones educativas sobre la matrícula, las adaptaciones de acceso y curriculares, la evaluación psicopedagógica, entre otras garantías, para la inclusión efectiva de los niños y niñas con discapacidad”, explicó.

Del mismo modo, Pineda destacó que el trato diferenciado injustificado y las restricciones para el acceso, la permanencia y el logro de aprendizajes significativos en el ámbito escolar, constituyen graves vulneraciones de los derechos a la dignidad, la igualdad, la educación, así como de otros derechos fundamentales.
Más adelante, la representante de la Defensoría del Pueblo saludó la decisión del Ministerio de Educación de sancionar a los directores de los colegios públicos y privados que impidan la matrícula de los niños y niñas con discapacidad cognitiva leve o moderada, física y sensorial (total o parcial).

“Esta falta puede representar la suspensión temporal en sus labores”, acotó.
La Defensoría del Pueblo informa a los estudiantes y padres de familia que pueden acudir a cualquiera de sus 38 oficinas en el ámbito nacional para presentar sus quejas o consultas en el caso de que su derecho a la educación o el de sus hijos se vea afectado.
Lima, 19 de enero del 2011.
Oficina Comunicaciones e Imagen Institucional
Anexos 1400 - 1401 – 1403 – 1406 – 1407
www.defensoria.gob.pe

miércoles, 30 de junio de 2010

EDUCACIÓN INCLUSIVA: EDUCACIÓN PARA TODOS

Informe de la Defensoría del Pueblo:
EDUCACIÓN INCLUSIVA: EDUCACIÓN PARA TODOS.
Supervisión de la política educativa para niños y niñas con discapacidad en escuelas regulares.
Informe No. 127

PRESENTACIÓN (extracto):
En febrero y agosto del 2007, la Defensoría del Pueblo realizó una supervisión en 82 instituciones educativa regulares públicas del nivel Primaria en todos los departamentos del país. El objetivo de esta supervisión fue evaluar la implementación de la política educativa inclusiva de niños y niñas con discapacidad, diseñada por el Ministerio de Educación, a fin de determinar el grado de cumplimiento por parte del Estado peruano de las obligaciones referidas a garantizar la realización de su derecho a la educación inclusiva en escuelas regulares públicas.

De los resultados de la supervisión preocupa que incluso aquellas personas con discapacidad en edad escolar que acceden al sistema educativo nacional regular no ejercen su derecho a la educación en igualdad de oportunidades con lo estudiantes sin discapacidad.

La supervisión muestra que si bien el Ministerio de Educación ha comenzado a transformar la política educativa tradicional de escuelas “especiales” para las personas con discapacidad hacia una educación inclusiva, en la práctica, aún aquellos que acceden al sistema educativo regular continúan siendo excluidos. Esto se debe a los pocos recursos económicos que se destinan a esta labor, a la falta de valoración a las diferencias y a la insuficiente capacitación especializada en apoyo de los docentes de aula. Asimismo, se suman a esta enumeración la escasa implementación de servicios de apoyo y asesoramiento a las necesidades educativas especiales; la falta de provisión de materiales de apoyo adaptados; las deficiencias en el desarrollo de un currículo individualizado y el seguimiento de los logros de aprendizaje; y la infraestructura escolar accesible.

En este sentido, resulta importante reiterar que la planificación de los programas y servicios debe tener en cuenta que la educación de niños y niñas con discapacidad no constituye un gasto, sino una inversión que contribuye a la realización de sus derechos, respetando su dignidad e igualdad, y elevando su calidad de vida.

La observancia de los principios de equidad e inclusión para la realización de los derechos humanos, así como el acceso a una educación de calidad, constituyen líneas estratégicas de supervisión de la Defensoría del Pueblo. En este sentido, en el presente informe se formula una serie de recomendaciones destinadas a contribuir con la realización efectiva del derecho a la educación inclusiva.

Mediante el presente informe, la Defensoría del Pueblo se propone coadyuvar al proceso de inclusión de niños y niñas con discapacidad en las escuelas regulares, para que éstas se conviertan en centros en donde se respete a la dignidad humana, a la equiparación de oportunidades, a la mutua valoración y al aprendizaje para la vida.

Lima, noviembre del 2007
Beatriz Merino Lucero
DEFENSORA DEL PUEBLO